Cooperativa de los trabajadores de la educación y empresarios del Putumayo

Fondo cootep para la educación formal superior


FINALIDAD: El Fondo estará destinado única y exclusivamente al otorgamiento de subsidios educativos directos para la creación de cupos escolares en educación formal superior para los asociados, cónyuges e hijos de los asociados del CONSTITUYENTE de estratos 1, 2 y 3. 

  • Los recursos iníciales del Fondo provienen de los excedentes de la actividad económica generada por la cooperativa desde la vigencia fiscal 2008, en los términos señalados por la Ley 863 de 2003 y el Decreto 2880 de 2004 y podrán ser incrementados en el momento en que la Cooperativa, así lo disponga.
  • Los recursos que en el futuro aumenten la disponibilidad presupuestal del Fondo podrán originarse de:
    • Excedentes de vigencias futuras
    • Recursos propios de COOTEP
    • Donaciones
    • Otros recursos generados por el mismo fondo

Los recursos del Fondo se destinarán a cubrir los costos de:

  1. Matrícula ordinaria.
  2. Textos.
  3. Materiales.
  4. Uniformes.
  5. Transporte.

El máximo órgano de administración del Fondo, será la Junta Administradora y estará integrada por las siguientes personas:

  1. El Representante legal de COOTEP LTDA o su delegado.
  2. El Coordinador del Comité de Educación del Constituyente o sus delegados.
  3. El Vicepresidente de Fondos en Administración o su delegado.

Los funcionarios del ICETEX que hagan parte de la Junta Administradora o asistan a alguna de las reuniones en calidad de delegados tendrán voz, pero no voto.

Los aspirantes al subsidio educativo deberán cumplir como mínimo con los siguientes requisitos:

  1. Pertenecer la población de estrato 1, 2 o 3.
  2. Ser asociado (a), cónyuge, o hijo (a) de asociado (a).
  3. El asociado, cónyuge o hijo (a) de asociado (a) que solicite el subsidio debe tener una antigüedad mínima sin interrupción de un año como tal.
  4. El aspirante no debe estar recibiendo otro subsidio o apoyo para los mismos rubros que contempla este programa educativo.
  5. Haber terminado satisfactoriamente el nivel o periodo académico inmediatamente anterior.
  6. Estar inscrito, admitido o matriculado en un establecimiento educativo de educación superior debidamente autorizado por el Ministerio de Educación.
  7. El asociado debe estar al día en todas sus obligaciones.

Los aspirantes deberán presentar su solicitud utilizando el formulario de COOTEP LTDA y deben adjuntar los siguientes documentos en cualquiera de las oficinas de la Cooperativa:

  • De orden académico:
    1. Certificado de calificaciones del último periodo académico cursado, para estudiantes que ya han ingresado al programa de educación superior.
      2. Constancia de inscripción, admisión o de matrícula expedida por la institución educativa que contemple: periodos de estudios, semestres a cursar, duración normal de estudios, número de NIT de la IES, valor de la matricula ordinaria y pensión.
      3.Para aspirantes a primer semestre de pregrado el resultado de las pruebas del ICFES.

  • De orden general:
    1. Fotocopia del documento de identidad del beneficiario ampliado al 150%.
    2. Documento legal que certifique el parentesco con el asociado y el aspirante (hijo o conyugue según el caso).
    3. Fotocopia del carnet o certificado del SISBEN Nacional donde conste el nivel socioeconómico.
    4. Para comunidades indígenas certificación expedida por el gobernador y/o resolución del ministerio del interior.
    5. Fotocopia del recibo de un servicio público domiciliario del lugar de residencia del mes inmediatamente anterior a la apertura de la convocatoria.
    6. Si la persona vinculada a la Cooperativa es madre cabeza de familia o existe alguna condición especial según lo indicado en el artículo 12 de este reglamento, debe presentar declaración extra juicio que certifique tal condición.

Todo proceso de selección se llevará a cabo mediante la calificación de las solicitudes recibidas, a partir de los siguientes criterios:

  1. Estrato Socioeconómico = 20 puntos.
  2. Mérito académico = 20 puntos.
  3. Nivel de uso de los servicios de la Cooperativa = 20 puntos.
  4. Antigüedad en la entida = 20 puntos.
  5. Semestre de iniciación de estudio = 10 puntos.

El puntaje máximo será de cien puntos y será el resultado de la información consignada en el formulario de inscripción que la Cooperativa diseñe para este fin y de la documentación que se anexe como soporte.

El proceso de adjudicación de los subsidios Educativos estará a cargo de COOTEP LTDA, beneficiando a los aspirantes con mayores puntajes hasta que se agote el presupuesto disponible, protegiendo siempre la sostenibilidad de las cohortes es decir; que se garantice el acompañamiento en el proceso educativo de la persona, teniendo en cuenta los compromisos adquiridos por el Fondo y a partir de las siguientes especificaciones:


ESTRATO

VALOR A FINANCIAR

RUBROS

1

Hasta 2 SMMLV

Matricula y demás rubros contemplados

2

Hasta 1.5 SMMLV

Matricula y demás rubros contemplados

3

Hasta 1 SMMLV

Matrícula


El otorgamiento de subsidios a través del fondo se destinará para las modalidades de pregrado (tecnológico y profesional).

El subsidio educativo otorgado al beneficiario tendrá una duración equivalente al número de periodos que al beneficiario le hagan falta para culminar su programa educativo de educación superior, sin repetir ningún periodo y que cumpla con las condiciones y requisitos exigidos por la Cooperativa teniendo en cuenta los recursos disponibles en el fondo.

Los beneficiarios del subsidio educativo se comprometen a cumplir las siguientes obligaciones:

  1. Presentar oportunamente según el plazo fijado, los documentos soportes para la legalización de los costos mencionados en el artículo 4, concernientes a los rubros a cubrir.
  2. Renovar el subsidio para cada periodo académico únicamente dentro de los plazos establecidos por la cooperativa.
  3. Informar oportunamente y mediante comunicación escrita sobre la
    suspensión temporal o definitiva de los estudios, explicando los motivos que la ocasionaron.
  4. Dar cumplimiento en su totalidad de las condiciones con las cuales se le otorga el subsidio.
  5. Transporte.

Si no cumple con las obligaciones anteriormente establecidas perderá el beneficio según el capítulo VI, artículos 21 y 22 del presente reglamento operativo.

Una vez terminado la carrera profesional para la cual se dio el beneficio, presentar a COOTEP LTDA los siguientes documentos:

  • Fotocopia del Diploma otorgado por la Institución de Educación Superior.
  • Fotocopia del Acta de Grado.
  • Fotografía con su título de grado.
  • Palabras de agradecimiento para publicación en Web.