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Ahorro Programado

El Ahorro Programado de Cootep es una excelente opción para los asociados que desean ahorrar de manera organizada y eficiente. Este producto permite pactar montos y plazos que se ajustan a sus metas, Además, la renovación automática garantiza la continuidad del ahorro. Al ser un ahorro voluntario, brinda flexibilidad, ayudando a los asociados a alcanzar sus objetivos financieros con mayor facilidad, también permite tener opciones adaptadas a las necesidades de cada persona, fomentando la disciplina financiera y contribuyendo a su bienestar económico, ofreciéndoles seguridad y estabilidad en el manejo de sus finanzas.

TASA DE INTERÉS AHORRO PROGRAMADO
PLAZOS TASAS
3 meses 90 días 2.5 %
6 meses 180 Días 3%
12 meses 360 Días 3.5%
24 meses 720 Días 4%


Apertura de la Cuenta de Ahorro Programado

El monto mínimo mensual de ahorro será de diez mil pesos ($10.000).

Podrá ser titular del ahorro programado toda persona natural o jurídica asociada a COOTEP.

No se puede cambiar la titularidad de la cuenta de ahorro programado después de su apertura, debe cancelarse y abrirse una nueva.

Transacciones en la Cuenta de Ahorro Programado

1. Retiros:
  • No se permitirán retiros parciales.
  • Sólo el titular de la cuenta podrá realizar la cancelación total o la podrá hacer una tercera persona con previa autorización autenticada por parte del titular.
  • Si cumplido el plazo pactado para la cuenta de Ahorro Programado el asociado no se presenta a cobrarlo, éste quedará automáticamente prorrogado por un periodo igual al inicialmente pactado y con la tasa de interés vigente al momento de la prórroga; los intereses generados a la fecha serán consignados en la cuenta de ahorros del asociado.
  • COOTEP tiene la facultad para cancelar las cuentas de Ahorro Programado por incumplimiento en el pago de más de 3 cuotas mensuales, abonando el dinero a la cuenta de ahorros del asociado.
2. Cancelación:

Para hacer efectiva la cancelación de la cuenta de ahorro programado se deberá exigir al titular:

  • Copia original del contrato,
  • Documento de identidad,
  • Autorización escrita y autenticada por el titular o representante legal, en caso de personas jurídicas.
3. Condiciones especiales:
  • Los contratos sólo podrán ser constituidos de forma individual.
  • El monto mínimo de pago de intereses es de $30.000.
  • Los abonos se podrán hacer mediante débito automático de la cuenta de ahorro del asociado.
  • Este ahorro no podrá servir de apalancamiento de créditos solicitados o avalados por el titular.
  • El impuesto del 4x1000 deberá ser asumido por el asociado titular de la cuenta.
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